marquee

Lo Último

domingo, 6 de marzo de 2016


PROSEGUR | DENUNCIA INSPECCION DE TRABAJO | ABONO EJERCICIO DE TIRO



Numero de Registro 28/0005625/16
Centro de Trabajo: Abono ejercicio obligatorio de tiro.



La dirección de Prosegur ha decidido, en contra de los acuerdos firmados y de una sentencia del Tribunal Supremo, no abonar el tiempo empleado en el ejercicio de tiro anual, a los/as vigilantes que no prestan servicios armados. Esta claro que la política que Prosegur ha decidió aplicar, no es la de la excelencia, sino la de las empresas piratas, aquellas a las que tanto critican. Si estáis en esta situación, poneos en contacto con nosotros.

Por este motivo, desde la sección sindical de UGT, hemos interpuesto denuncia ante la Inspección Provincial de Trabajo de Madrid y consultaremos con nuestro departamento jurídico el pedir una ejecución de sentencia.


HECHOS:
PRIMERO.- Que la empresa aquí denunciada se rige por el Convenio Estatal de Empresas de Seguridad Privada

SEGUNDO.- Conforme al Reglamento de Seguridad Privada, los vigilantes de seguridad que no trabajan armados, tienen que acudir a un ejercicio anual de tiro y Prosegur no se lo abona,

SEGUNDO.- Prosegur ignora la sentencia del tribunal Supremo, en casación, que recoge que el tiempo empleado en los ejercicios de tiro, se tienen que abonar ya que lo considera formación.

TERCERO.- En Prosegur, mucho antes de la sentencia aquí mencionada, abonaba en virtud de un acuerdo con el Comité de Empresa, 3 horas por cada ejercicio de tiro realizado.


DENUNCIA:

A la empresa PROSEGUR SOLUCIONES INTEGRALES DE SEGURIDAD S.L., con domicilio en la calle Pajaritos número 24, C.P. 28007 de Madrid, por los siguientes extremos:

PRIMERO.- Por no abonar el tiempo invertido en el ejercicio de tiro a los Vigilantes que no realizan servicios armados, ni aplicando la sentencia, ni el acuerdo con la RLT. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario