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lunes, 7 de diciembre de 2015


ILCM | MEDIACION POR EL ABONO DEL TIEMPO EMPLEADO EN RECOGER LA UNIFORMIDAD



Como ya informamos en este blog hace unos días, Prosegur, como el resto de empresas de seguridad, esta obligada a considerar el tiempo invertido en la recogida de la uniformidad como tiempo de trabajo. Es decir, o vas a recoger al uniformidad un día que tengas que trabajar en tu servicio, o ese tiempo te lo abonan como horas extraordinarias al ir fuera de tu horario de trabajo. 

Prosegur se ha negado a informar sobre como piensa abonar este tiempo, asi que hemos interpuesto una mediación, como es preceptivo, en el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid (http://www.institutolaboralmadrid.org) a fin de que Prosegur manifieste oficialmente, con luz y taquigrafos, si tiene la intención, o no, de abonar lo que en justicia nos corresponde a los Vigilantes.

1. Origen y desarrollo (2): 


Con motivo de la entrega de la uniformidad de invierno y dando cumplimiento al artículo del convenio colectivo de empresas de seguridad, Prosegur ha cambiado el modelo y por tanto ha tenido que entregar uniformidad a toda la plantilla, facilitando la entrega de la misma bajo un calendario.

El 24 de septiembre de 2009 el Tribunal Supremo resolvió, recurso de unificación de doctrina 2033/2008, lo siguiente:

La recogida de uniformidad fuera de la hora de trabajo, debe de considerarse tiempo efectivo de trabajo y por tanto son horas extraordinarias y como tal deben de ser abonadas.

2. Objeto y pretensión (3):

El abono a todos los trabajadores y trabajadoras del tiempo invertido en recoger la uniformidad. 
Listado nominal con fecha de recogida de uniformidad (las que hayan sido) a fin de comprobar que se ha abonado

La mediación tendrá lugar el próximo día 9 de diciembre y esperamos que acudan todas las secciones sindicales para apoyar esta petición de la sección sindical de UGT. 

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